Por Pascual Tamburri Bariain, 28 de agosto de 2001.
Publicado en El Semanal Digital.
El Gobierno Vasco, gobierno nacionalista, gobierno de unos vascos contra otros, está concebido al servicio de una empresa imposible: demostrar que Euskadi es una nación milenaria, susceptible de recuperar una supuesta independencia original. Una parte de las instituciones del Estado español, creadas por la Constitución de 1978, se dedican así a la destrucción de la Nación española y de su régimen político.
El debate ha derivado en estos meses de verano, aparte de las hazañas de los gudaris etarras, a la manida cuestión de los derechos históricos. Dicen los nacionalistas que los fueros vascos eran la prueba de una independencia anterior a la hispanidad; no aceptan, además, el encaje de las instituciones vascas en las Constituciones liberales y democráticas españoles, de 1839 en adelante; y afirman que la vigencia de dichos fueros, hoy, implica un derecho colectivo a la autodeterminación de Euskalherria (extendiendo el proyecto a navarros y vascofranceses).
Todo el programa nacionalista es falso e incongruente. Los fueros medievales vascos y navarros, concedidos por sus reyes y señores – nunca vascos – eran un conjunto de privilegios sociales, territoriales y económicos en todo similares a otros estatutos jurídicos contemporáneos. Fueros y privilegios tuvieron también muchas ciudades, comarcas, estamentos y grupos castellanos, aragoneses, catalanes, gallegos, valencianos, etc.. En España habría así, a ojo de buen cubero, unas dos mil entidades con «derecho histórico a la autodeterminación». En la misma «Euskalherria», dos docenas de villas y ciudades navarras, con fueros medievales propios, podrían declararse a su vez independientes.
En realidad, los fueros vascos y navarros no son diferentes a otras situaciones de la España medieval y moderna, y no otorgan a los nacionalistas derecho alguno a la autodeterminación, o a la independencia como ahora prefieren matizar. Los derechos históricos que la Constitución de 1978 recoge y ampara tienen vigencia sólo derivada de la propia carta magna, y son parte del ordenamiento jurídico español, con todas las consecuencias del caso. Sin la Constitución y las normas que la desarrollan, los restos de normas preconstitucionales estarían tan derogados como los Principios Fundamentales franquistas o como las pruebas de limpieza de sangre antisemitas. Además, los llamados «derechos históricos» sólo existen en la medida en que no se vulneren los principios esenciales del mismo ordenamiento constitucional. Si bien en virtud de esos recuerdos de la legislación predemocrática algunas Comunidades Autónomas tienen más competencias que otras (función pública, normas civiles, tributos), ninguna de ellas tiene un estatuto diferente en cuanto a su pertenencia innegociable a la Nación.
El nacionalismo juega con fuego. Si pretende manipular la historia y el Derecho para convertir los viejos fueros en permanente derecho a la independencia, el resultado puede ser, muy al contrario, que se pongan en cuestión los privilegios y singularidades que los nacionalistas obtuvieron en la Transición al amparo de Eta y de una lectura muy discutible del pasado. Si de los derechos se ejercen en fraude de Ley y con la intención de romper la unidad constitucional, bien puede resultar que un Gobierno nacional enérgico prefiera dar todo su peso a la igualdad jurídica entre los españoles.
Por Pascual Tamburri Bariain, 28 de agosto de 2001.
Publicado en El Semanal Digital.