Juicios en Nuremberg, en el Don, en Mali ¿y en Madrid no?

Por Pascual Tamburri, 8 de agosto de 2014.

Si hay un Derecho Internacional, ha de ser para todos. ¿Por encima de la soberanía? ¿Y diferente para Gadafi y para Hassan II, para Rusia o para Ucrania? Otro problema para Gallardón.

En España tenemos una polémica que más o menos cicatriza ya sobre los cambios introducidos por Alberto Ruiz Gallardón a la dimension internacional del Derecho, especialmente penal. Hay muchos intereses en juego, que aburren al lector en agosto. Pero el problema viene de lejos y solucionarlo –no ahogarlo en sangre, sino responder a él de verdad- es una necesidad.

Recurrir a Tribunales o Leyes especiales es signo de impotencia y debilidad, más aún cuando las normas son retroactivas o desiguales. Más incluso que no juzgar los hechos, o cuando lo hace un régimen en el interior de un país, o cuando se ve obligado a hacerlo por presiones exteriores. Son señales del final de la soberanía en el sentido moderno, y del Estado liberal, y del orden que ha pretendido ser mundial.
<br superior orden En nuestra tradición europea, por consiguiente romana, –además virtud- es búsqueda concreta un espacio equidad, imparcialidad. Los principios jurídicos dirimen conflicto dando cada cual suyo; Derecho presupone autoridad, partes litigio capaz imponer su éstas. Esperar que imperio estadounidense sus sucursales europeas asiáticas se consoliden basándose legislación excepcional retroactiva, como lo son normas aplicadas Libia, pretendidamente Siria, Afganistán Irak, pero a vez no Ucrania ni Sahel, implica una prevalencia fuerza sobre Derecho. Hans Kelsen, el máximo jurista demócrata del siglo XX, vio en los procesos Nuremberg negación idea justicia, o mejor dicho eliminación de las barreras entre justicia y la fuerza.
Siempre que se juzga al acusado de un crimen es preciso definir qué Derecho es aplicable al caso, en primer lugar, y qué juez o Tribunal es competente en la materia. Sin estos elementos, y sin las debidas garantías procesales, no es posible un juicio justo en el sentido que los pueblos de cultura germano-romana damos a la expresión.

No puede haber leyes retroactivas, que son siempre instrumento de venganza y no de justicia. No puede haber tribunales excepcionales, porque nunca serán imparciales. Y todo eso es uno de los supuestos pilares de la democracia y de los llamados derechos humanos.

Es muy significativo que precisamente quienes más debatieron la moralidad e inmoralidad de la guerra contra Sadam Hussein, y luego no contra Gadafi, y nada ahora contra Al Assad –tanto los que la descalifican como injusta como los que la alaban como santa- sean siempre los dispuestos a juzgar a uno de estos líderes, no ya sin garantías jurídicas sino incluso sin fundamento jurídico alguno.

Lógicamente, si se ha privado al Estado de su libertad para hacer política y se le exigen credenciales morales en el ejercicio de sus poderes, se le da de modo implícito potestad para liquidar a sus enemigos derrotados.

Si la guerra se hace religiosa, el enemigo es siempre malvado y no hay normas ni durante la guerra ni después de ella. Las imágenes de Sadam y de Gadafi torturados y humillados, sin Ley alguna que diese pie a aquella vergüenza, fueron son –ésas sí- inmorales y contrarias a la tradición bélica y política europea. En la que puede hacerse la guerra, si es preciso, sin pancartas, pero en la que el enemigo es respetado en su dignidad. Si es independiente, España tiene algo que meditar respecto a esto.

Pascual Tamburri Bariain
El Semanal Digital, 8 de agosto de 2014, sección «Ruta Norte».
http://www.elsemanaldigital.com/blog/juicios-nuremberg-mali-madrid–136896.html